viernes, 27 de mayo de 2011

RESUMEN UNIDAD 1


RESUMEN UNIDAD 1.

REGLAMENTOS DE LA UNAD FRENTE A LAS
ALTERNATIVAS DE GRADO
CAPITULO 1
REGLAMENTO GENERAL ESTUDIANTIL


CAPÍTULO IX
DE LA ELABORACIÓN, PRESENTACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS
ALTERNATIVAS DE TRABAJOS DE GRADO

Artículo 61. Definición de Trabajo de Grado.
Producción intelectual del estudiante, resultante de un ejercicio académico orientado por un director de proyecto, integra y aplica los conocimientos y competencias desarrolladas en el transcurso de un programa, es requisito para acceder al Título.

Artículo 62. Alternativas de trabajo de grado.
a) Proyecto aplicado
b) Proyecto de Investigación
c) Experiencia profesional dirigida
d) Monografía
e) Créditos de posgrado en el nivel de Especialización
f) Curso de profundización
Artículo 63. Etapas alternativas de grado
a) Presentación, análisis y aprobación de la propuesta.
b) Desarrollo del trabajo.
c) Evaluación del trabajo.
d) Sustentación
Artículo 64. Reconocimientos al trabajo de grado.
Puede ser valorado como Meritorio, Para esto, el jurado o el tutor del trabajo de
Grado recomendará, la valoración Meritoria o Laureada del trabajo de grado al
Comité Seccional de Investigación Formativa.
Artículo 65. Propiedad intelectual.
El trabajo de grado es propiedad intelectual de la institución
Artículo 66. Exoneración del trabajo de grado.
Se exonera del requisito del trabajo de grado al estudiante que por su resultado en las pruebas de ECAES se ubique dentro de los diez (10) mejores lugares o puntajes entre todas las instituciones de educación superior que participan en el evento a nivel nacional

Artículo 67. Reglamentación.
El Consejo Académico en el Reglamento Académico de la Universidad establecerá las condiciones de análisis, presentación, aprobación y demás aspectos inherentes al proceso de trabajo de grado.

CAPITULO 2
REGLAMENTO ACADEMICO DE LA UNAD
ACUERDO NÚMERO 015 DEL 13 DE DICIEMBRE DE 2006
Por el cual se adopta el Reglamento Académico de la Universidad Nacional
Abierta y a Distancia (UNAD) 

Artículo 16. Trabajos de grado.
El comité académico y de investigación seccional será el encargado, dentro de sus funciones, de velar por el buen desarrollo de todos los proyectos de grado.
Artículo 17. Para todas las alternativas de trabajo de grado se requiere que el estudiante presente una propuesta para su respectiva aprobación por parte del comité académico y de investigación seccional.

Artículo 18. Apoyo para el desarrollo del trabajo de grado. Para el desarrollo
de las diferentes alternativas de grado, el estudiante contará con el apoyo de los
siguientes profesionales:
a) Para las alternativas de Proyecto aplicado
b) Para la alternativa de Experiencia profesional dirigida, con un Tutor de la
institución y un funcionario de la entidad donde se desarrollará la práctica
c) Para las alternativas de Créditos académicos y Curso de actualización, con
Tutores que orientarán los respectivos cursos.

Artículo 19. Las responsabilidades específicas del Director o Asesor del trabajo
de grado, relacionadas con las alternativas de Proyecto aplicado, Proyecto de
Investigación, Monografía y Práctica profesional dirigida, son, entre otras

a) Concertar con el estudiante la programación de las asesorías
b) Asesorar al estudiante en la selección y acceso a las mejores y más pertinentes fuentes de información.
c) Realimentar los informes de avance que presenta el estudiante.
d) Asesorar metodológicamente al estudiante
e) Realizar la revisión general del trabajo desarrollado
f) Avalar, con su nombre, la calidad del trabajo realizado por el estudiante
Artículo 20. Los compromisos del estudiante que desarrolla las opciones
de Proyecto aplicado, Proyecto de investigación, Monografía y Práctica profesional
dirigida, son:
a) Enviar informes de avance al director del trabajo de grado,
b) Poner en conocimiento del Director o Asesor del trabajo de grado, cualquier
problema
c) Cumplir las orientaciones del Director o Asesor del trabajo de grado.
d) Cumplir con los protocolos o metodologías requeridas según las características
disciplinarias del trabajo en ejecución.
Artículo 21. Los Tutores que orientan las alternativas de grado de créditos de
postgrado en el nivel de Especialización y de Curso de Actualización, deberán
realizar, a través de los multiformatos, el acompañamiento a los procesos de
aprendizaje de los estudiantes de los cursos a cargo.
Artículo 22. Las responsabilidades de los estudiantes en las alternativas de grado
de Créditos de postgrado en el nivel de Especialización y de Curso de
Actualización, son:
a) Realizar procesos de reconocimiento del material didáctico de los cursos
académicos que matricula.
b) Diseñar planes de trabajo académico para generar procesos de aprendizaje, de
profundización y apropiación.
 c) Establecer líneas de trabajo para el desarrollo de actividades académicas de
transferencia de conocimiento.
d) Desarrollar las actividades relacionadas en la guía didáctica, de acuerdo con el
cronograma establecido.
Artículo 23. En el caso de las alternativas de Proyecto aplicado, Proyecto de
investigación y Monografía, una vez el Director del proyecto de grado ha
conceptuado favorablemente sobre el resultado obtenido, se procederá a la
asignación de un (1) jurado calificador, el cual será seleccionado, nombrado y
notificado por el Comité Académico y de Investigación Seccional, en un plazo de
diez (10) días calendario, desde el recibimiento del aval por parte del Director del
proyecto de grado; los jurados nombrados entregarán el resultado de la evaluación
en un tiempo no mayor a veinte (20) días calendario a partir de la notificación
Artículo 24. Los jurados son docentes, tutores o pares académicos, están habilitados para evaluar el trabajo de grado.
Artículo 25. Una vez los jurados han evaluado el producto del trabajo realizado
por el estudiante, notificarán los resultados al estudiante y al Coordinador de
programa. El Coordinador de programa procederá a realizar las citaciones
publicaciones respectivas para el proceso de sustentación y tendrá un plazo de
quince (15) días calendario para llevar a cabo todo el proceso relacionado con la
sustentación. Para la sustentación es requisito indispensable haber obtenido una
nota en el producto desarrollado, igual o superior a tres punto cinco (3.5) y que el
estudiante haya cursado el 100%del plan de estudios.
Artículo 26. El resultado de las alternativas de Proyecto aplicado, Proyecto de
investigación y Monografía, se evaluará de acuerdo con los siguientes criterios
a) El título del trabajo debe especificar con precisión los alcances y el contexto de
aplicación del trabajo.
b) La justificación del trabajo debe mostrar coherencia y pertinencia, respecto a las
necesidades u oportunidades del contexto para el cual se buscan resultados.
c) El cumplimiento adecuado de los objetivos y el alcance, planteados en la
propuesta.
d) La descripción de procedimientos o la metodología y diseños para alcanzar el
logro de los objetivos buscados, deben ser presentados con suficiente detalle,
Artículo 27. La sustentación del trabajo de grado es un evento de carácter
Público.
Artículo 28. Cuando el trabajo de grado haya sido elaborado en grupo, la nota
definitiva será individual para cada miembro del grupo.
Artículo 29. Para aprobar la sustentación del trabajo de grado, el estudiante
deberá obtener una nota igual o superior a tres punto cinco (3.5)
Artículo 30. Requisitos para el desarrollo de la Experiencia Profesional Dirigida:
a) Presentar una carta de compromiso de la entidad facilitadora para el desarrollo
de la experiencia profesional.
b) Carta de aceptación de un funcionario del establecimiento
c) La Experiencia profesional dirigida, deberá estar relacionada con el ejercicio
profesional del programa.
d) Durante el desarrollo de esta alternativa de grado, el estudiante deberá
presentar informes mensuales, sobre las actividades desarrolladas.
Artículo 31. La calificación del desempeño tendrá como fundamento las
competencias que el estudiante desarrolló durante este ejercicio.
Artículo 32. El tiempo mínimo para la realización de la Experiencia profesional
dirigida será de seis (6) meses.
Artículo 33. La calificación definitiva del trabajo de grado será de la siguiente
Forma: a) Proyecto aplicado, Proyecto de investigación y Monografía: el (60%)
Corresponde al trabajo desarrollado y el (40%) a la sustentación. b) Experiencia profesional dirigida: el 100%, c) Créditos académicos y Curso de actualización: el 100% corresponde al promedio de las calificaciones de los cursos académicos matriculados y aprobados.

Artículo 34. Los estudiantes de los programas de formación profesional podrán
optar por cualquiera de las alternativas propuestas.
Artículo 35. Los estudiantes de formación postgradual a nivel de Especialización,
podrán optar por las alternativas de Proyecto de investigación, Monografía o
Experiencia profesional dirigida.


CAPITULO 3
REGLAMENTO DE INVESTIGACION DE LA UNAD

ACUERDO NÚMERO 001 DEL 14 DE FEBRERO DE 2007
Por el cual se aprueba el Reglamento de Investigación de la Universidad Nacional
Abierta y a Distancia (UNAD)
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL
ABIERTA Y A DISTANCIA (UNAD)
En uso de sus atribuciones legales y estatutarias y,

CAPÍTULO I
DEL FOMENTO Y DESARROLLO DE LA INVESTIGACIÓN EN LA UNAD
Artículo 1. Definición de la investigación en la UNAD: La investigación en la
UNAD se concibe como un proceso sistemático de producción de conocimiento,
Artículo 2. Criterios: Son criterios de la investigación en la Universidad:
a) La investigación en la UNAD es el fundamento de la acción docente y de la
proyección social dialógica e interactiva, b) La investigación en la UNAD dinamiza el conocimiento de los contextos socioculturales, c) La investigación en la UNAD tiene como fundamento la apropiación crítica, de la realidad, d) La investigación en la UNAD opera en redes para la integración y formación de grupos inter, trans y multidisciplinarios e interinstitucionales alrededor del desarrollo de proyectos.


CAPÍTULO II
SISTEMA DE INVESTIGACIÓN EN LA UNAD

Artículo 3. Definición del Sistema de Investigación SIUNAD.
Es la estrategia organizacional que asegura el cumplimiento de objetivos, la
sustentabilidad de la investigación, la pertinencia regional, nacional y global, la
visibilidad y la distribución de los productos y/o avances científicos.
a) Construir, consolidar, dinamizar y sostener la comunidad académica unadista,
b) Aportar, desarrollar y transferir conocimientos y metodologías innovadoras en el
campo disciplinar de que se tratare,
c) Generar y participar en redes sostenibles y especializadas de conocimiento.

Artículo 4. Estructura del SIUNAD. El sistema se basa en la dinámica de grupos
de investigación y redes temáticas que motivan el trabajo individual y la producción de proyectos colaborativos de carácter internacional, nacional, regional e interinstitucionales.

CAPÍTULO III
DE LOS INVESTIGADORES
Artículo 6. Condición de investigador. La UNAD reconoce como investigadores
a todos aquellos profesionales y auxiliares que integrados en grupos desarrollan
proyectos investigativos pertinentes.

Parágrafo 1. La UNAD dará prioridad a los funcionarios y docentes de planta,
tutores y consejeros de tiempo completo o medio tiempo con un proyecto
aprobado en ejecución para que se dediquen en forma sistemática.

Parágrafo 2. La UNAD fomentará la acción investigativa dentro de los parámetros
de libertad de investigación, autonomía y responsabilidad social.

CAPÍTULO IV
DE LAS LÍNEAS, PROGRAMAS, TIPOS DE INVESTIGACIÓN

Artículo 7. Líneas de Investigación. Son en términos generales, las ordenadoras
de la actividad de investigación, con un eje temático y común de problemas que
facilita la integración y continuidad de los esfuerzos.

Artículo 8. Programa de Investigación. En términos generales un Programa se
define por la afinidad de temas, problemas y la necesidad de reunir una masa
crítica de investigadores de diferentes disciplinas para explorar una temática o
aplicar criterios metodológicos similares o novedosos.

Artículo 10. La investigación formativa se promueve desde:
a) Los componentes de los planes de estudios de los programas de postgrado
b) La participación de los docentes, tutores, consejeros y estudiantes en proyectos
de pasantías (nacional o internacional)
c) La participación activa de los estudiantes en los semilleros asociados a grupos
de investigación
d) El desarrollo de trabajos de grado en el nivel pos gradual articulados a las
líneas y programas de investigación definidos por la universidad.

CAPITULO V
DE LA SOSTENIBILIDAD DEL SISTEMA DE INVESTIGACION
Artículo 11. Financiación de la Investigación. La UNAD asignará los recursos
acordes con la organización y estructura del SIUNAD, con el plan de desarrollo
institucional y el plan operativo de la unidad.
Artículo 12. Presupuesto. El presupuesto para el fomento y ejercicio investigativo
en la UNAD, estará compuesto por:
a) Las partidas que le corresponden del presupuesto de funcionamiento asignado
a la Universidad.
b) Otros recursos que se logren mediante convenios interinstitucionales del orden
privado o estatal para la financiación y cofinanciación de la investigación.
c) Los recursos logrados por autogestión y autofinanciación.

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